Jorge Carpizo
( 1944 - 2012 )
Derecho
Siglo XIX y principio del XX

En contexto

Jorge Carpizo McGregor nació en el año de 1944 en San Francisco de Campeche. En el ámbito de lo académico, se graduó con honores como abogado de la UNAM; estudió un posgrado en el Reino Unido y, posteriormente, regresó a México para estudiar el doctorado en la UNAM. Es autor de 17 libros, entre los que destacan La Constitución Mexicana de 1917 El Presidencialismo Mexicano. Además, dictó más de cien conferencias en foros internacionales y participó en numerosos congresos en materia jurídica. Recibió 74 premios y distinciones (Camarena, 2012).

En el ámbito político también ocupó diversos cargos. Fue rector de la UNAM de 1985 a 1988 (año en que sucedió la ‘caída del sistema’ electoral que otorgaría a Salinas de Gortari el triunfo en las elecciones presidenciales). (Castro, 2018). En 1990 fue nombrado el primer presidente de la entonces naciente Comisión Nacional de los Derechos Humanos y en 1993, procurador general de la República.

En 1994, año terrible para la política mexicana, desempeñó un papel decisivo, pues “El 10 de enero de ese año fue nombrado Secretario de Gobernación, lo que en ese momento suponía ser también el Presidente del Consejo General del IFE” (Carbonell, 2016, pp. 33-34). En ese mismo mes, tuvo lugar el alzamiento en Chiapas del EZLN. La administración de Salinas de Gortari pretendió responder con bombardeos, pero Carpizo condicionó asumir su cargo a cambio de la búsqueda de soluciones pacíficas a este conflicto. Dos meses después fue asesinado el candidato a la presidencia por el PRI, Luis Donaldo Colosio (Carbonell, 2016).

Su carrera política continuó sin percances y en 1995 fue Embajador de México ante Francia, cargo que ocupó hasta 1998. Luego de esto regresó a México para reintegrarse a la UNAM donde continuó con su carrera académica. Murió el 30 de marzo de 2012 en la Ciudad de México por complicaciones médicas preoperatorias (Camarena, 2012).

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Contexto intelectual

En sus desarrollos más cercanos a la filosofía política, Jorge Carpizo (2007), se reconoció como un estudioso de la tradición anterior a él. De Aristóteles tomó su definición de democracia para situarla como el posible primer antecedente de nuestra idea moderna de democracia. Así. también reconoció haberse influido, y discutió las ideas de teóricos como Sartori, Schumpeter, Bobbio, Bovero, Webster y Kelsen (pp. 352-356).

Además, destaca la crítica que realizó hacia la idea de presidencialismo, que puede entenderse como el ejercicio del poder político realizado durante la época en que el PRI fue el partido hegemónico, esto es, desde su surgimiento hasta la aparición de gobiernos divididos:

Jorge Carpizo señaló que el Presidencialismo en México denomina la predominancia del Poder Ejecutivo sobre los pesos y contrapesos del régimen político y sobre los mecanismos de decisión política en el periodo citado, gracias a que la institución presidencial pudo hacer uso de facultades constitucionales y metaconstitucionales que le otorgaron al Presidente poderes por encima de los demás órganos del Estado (Presidencialismo, s. f., párrafo 1)

El jurista mexicano concibió el gobierno como un ejercicio muy distinto al realizado durante la hegemonía priísta y esto se hace explícito en textos como El Presidencialismo mexicano (1978) o Democracia y Sistema de Gobierno en América Latina (2007).

Pensamiento y reflexiones en torno a la democracia

Jorge Carpizo se dedicó específica y extensamente al tema de la democracia en su célebre artículo Concepto de Democracia y Sistema de Gobierno en América Latina (2007). Allí desarrolló un concepto de democracia en el que contemplaba las particularidades en la política del México de finales del siglo XX y principios del XXI. Según él, esta época se caracterizó por ser un momento de nuevos retos a vencer para la democracia. Describió el panorama que atravesaban las sociedades contemporáneas de la siguiente manera:

Problemas que realmente no lo eran unas cuantas décadas o años atrás, ahora hay que enfrentarlos y resolverlos, cuidando el respeto a los derechos de las personas. Los sistemas democráticos, para hacer frente a nuevas realidades, tienen que legislar y precisar cuestiones novedosas, o que no presentaban mayores dificultades con anterioridad, pero que se convirtieron en peligros potenciales para la propia democracia y las libertades de las personas. Los derechos humanos poseen fuerza expansiva, la democracia goza de esa misma característica y es natural, porque no puede existir democracia donde no se respeten los derechos humanos, y éstos realmente sólo se encuentran salvaguardados y protegidos en un sistema democrático. (p. 356)

Para que los ciudadanos puedan gozar de derechos humanos y de cierto número de libertades es necesario que exista la democracia como método mediante el cual elijan a sus dirigentes en función de estos fines. En un sistema tal, advirtió el jurista mexicano, es necesario que el poder se encuentre distribuido en varios órganos para evitar asimetrías en el poder que pudieran convertirse en injusticias. La Constitución de cada gobierno democrático indica cuáles son las responsabilidades y los límites de estos poderes.

Así, Carpizo (2007), señaló que estos elementos son básicos, pero que existen otros, y a partir de allí se dedicó a enlistarlos con el propósito de señalar cómo tiene que estar conformada una democracia que sea capaz de garantizar los derechos humanos de sus ciudadanos:

  1. Orden jurídico, Constitución y Estado de derecho que son ‘las reglas del juego’ para los gobernantes y gobernados;
  2. Sufragio universal, sin exclusiones por motivos de sexo, raza, religión, educación o renta;
  3. Voto libre y secreto, sin coacción alguna;
  4. Elecciones periódicas para que nadie se perpetúe en el poder, pues ‘en la alternancia se encuentra la esencia de la democracia’;
  5. Existencia de partidos políticos;
  6. Protección a las minorías políticas, pues éstas ‘se convierten en el verdadero control de poder cuando el gobierno cuenta con mayoría en el órgano legislativo’;
  7. Elegir representantes para que integren transitoriamente los órganos del Estado cuya facultad más importante es la protección de los derechos humanos;
  8. Libertad e igualdad;
  9. ‘La defensa de los derechos humanos y el principio de la dignidad humana protegen los derechos de las minorías’;
  10. Estado de bienestar;
  11. Equilibrio entre poderes;
  12. Funcionarios y personas poderosas están obligados a rendir cuentas de sus actos;
  13. Laicidad, respeto a la pluralidad;
  14. ‘La democracia es diálogo, discusión y negociación política’;
  15. Los actos de los gobernantes son públicos, transparencia en la información y medios de comunicación libres;
  16. ‘La democracia se defiende con la fuerza del derecho y con sus propias fortalezas: diálogo, negociación y concertación’, el uso de la fuerza es el último recurso;
  17. Existencia de una moral pública, ‘basada en valores laicos, como son el respeto  a la dignidad del otro, la verdad, la honestidad, el ánimo de servicio público’ (pp. 357-365).

Impacto de su pensamiento en el mundo fáctico

Jorge Carpizo fue un político partícipe en momentos claves de nuestra historia contemporánea, y, en el ámbito intelectual, fue una de las figuras académicas más influyentes del México contemporáneo. De esto nos deja testimonio Miguel Carbonell (2016):

Su obra intelectual fue tan relevante que varios de sus libros se han convertido en clásicos. Sus textos se han traducido a varios idiomas y se han publicado en muchos países. En los años recientes acumuló un número considerable de doctorados honoris causa alrededor del mundo. Su muerte llegó en el momento en que iban a empezar los grandes reconocimientos a su trayectoria y justo cuando todavía le quedaba tanto por aportar. (p. 28)

Además, el jurista mexicano hizo grandes aportes a la causa de los derechos humanos en México. Fue él quien creó la Defensoría de los Derechos Universitarios de la UNAM y fue uno de los fundadores, y presidente, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

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